May

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+2014

Hablamos sobre ciberacoso en Radio Nacional

Escrito por: Enrique A. Quagliano

Ayer por la tarde estuvimos invitados en el programa «Otra vuelta», que se emite por Radio Nacional Rosario. Hablamos allí sobre ciberacoso, redes virtuales y chicos en internet.

A continuación, el audio de la entrevista:

Gracias a Lilian Alba por la invitación. Fue muy agradable conversar con el grupo de periodistas presentes sobre estos temas importantes. Estuve muy cómodo. ¡Gracias a todos!

7 Responses so far

Master! Clarito como de costumbre. Congrats!

Gracias, Daniel! Un abrazo!

Buenísimo,Quique!
Importantísimo el señalar la ausencia del adulto,no sólo en «llevar de la mano» a los chicos en este mundo que no nos es familiar,sino antes de llegar al mundo virtual en la formación para la vida.Todo lo que comentabas sobre las competencias necesarias para la vida en relación con los otros.Y también una actitud responsable,reflexiva,crítica,antes,durante y después de la acción.
Tremendo es el tema de la falta de límite entre lo privado,lo íntimo y lo público,en todos los ámbitos.
Bueno,sostener la pregunta:
vos querés que los demás vean esto ?
por qué?,para qué?
Felicitaciones
Un abrazo .Teresa

Gracias, Teresa, por tus maravillosas reflexiones.

Abrazo,

Se ha avanzado a nivel penal sobre el tema, con lo cual el año pasado a fines de diciembre se sancionó el «grooming o ciberacoso a menores por internet» quedó tipificado como delito es un paso adelante que no clausura la discusión sobre esta problemática.
CODIGO PENAL Ley 26.904
Sancionada: Noviembre 13 de 2013
Promulgada: Diciembre 4 de 2013
DELITO DE GROOMING:
‘Artículo 131: Será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma.’
Les dejo para que vean el Programa de PLAN A http://derechoinformaticoynuevastecnologias.blogspot.com.ar/2014/05/plan-2014-grooming-y-ciberacoso-080514.html

CODIGO PENAL Ley 26.904
Sancionada: Noviembre 13 de 2013
Promulgada: Diciembre 4 de 2013
DELITO DE GROOMING:
‘Artículo 131: Será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma.’

[…] que son sensibles y tienen cierta presencia en los medios: solo cuentan con información sobre el bullying (tal vez el que más difusión tiene en este momento) pero ignoran casi en su totalidad qué es el […]

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